Finiquitos en Chile: solo dos de cada 10 ceses de contrato dan derecho a indemnización
De 4.139.685 finiquitos electrónicos con desglose de pagos, el 84,2% correspondió a causales que no dan derecho a la indemnización por años de servicio, según un análisis sobre estadísticas oficiales difundido este lunes.
Los finiquitos en Chile rara vez incluyen indemnización por años de servicio: un análisis sobre estadísticas oficiales concluyó que solo dos de cada diez términos de contrato corresponden a causales que dan derecho al pago del beneficio.
Finiquitos en Chile: por qué solo dos de cada diez pagan indemnización
El análisis revisó 18.896.384 finiquitos de los últimos años, de los cuales 4.139.685 fueron finiquitos electrónicos con desglose de pagos. De ese universo, el 84,2% (3.488.016 casos) correspondió a causales que no dan derecho a la indemnización por años de servicio: renuncia, vencimiento del plazo, conclusión de obra o faena, mutuo acuerdo y causales disciplinarias. El resultado es que en solo dos de cada diez casos corresponde pagar el beneficio, según el estudio difundido este lunes por Emol.
Qué causales dan derecho a indemnización
- Despido por necesidades de la empresa (artículo 161 del Código del Trabajo): es la causal que genera la indemnización por años de servicio, equivalente a un mes de remuneración por año trabajado, con tope de 11 años.
- Renuncia, vencimiento del plazo, conclusión de obra o faena y mutuo acuerdo (artículo 159): no generan el derecho legal al pago, aunque en el mutuo acuerdo las partes sí pueden pactar una indemnización.
- Causales disciplinarias (artículo 160): tampoco dan derecho a indemnización por años de servicio.
El proyecto de "indemnización a todo evento" que prepara el Gobierno
El Ministerio del Trabajo alista un proyecto de ley que cambiaría el esquema actual por una indemnización "a todo evento": un mecanismo financiado con una cotización mensual a cargo exclusivo del empleador, que se podría invocar tanto en despidos como en renuncias. El ministro del Trabajo, Tomás Rau, ha señalado que el monto estaría "en torno al promedio de la OCDE", y desde agosto el Ejecutivo comprometió el envío del texto antes de fin de año.
Los reparos al cambio
El punto crítico es que, en pesos, un trabajador con muchos años en la misma empresa podría recibir menos que con el sistema vigente, según han advertido sindicatos y economistas. La propuesta también reduciría la incertidumbre y el costo de un despido para las empresas, que hoy deben provisionar el pago completo cuando invocan necesidades de la empresa. El Ejecutivo sostiene que el nuevo esquema amplía la cobertura a más trabajadores, incluidos quienes renuncian o terminan su contrato por otras causales y hoy no reciben nada.
Qué revisar antes de firmar un finiquito
- La causal de término del contrato: de ella depende si corresponde indemnización por años de servicio.
- El desglose del finiquito electrónico: feriado proporcional, aviso previo, indemnización y descuentos.
- Los plazos para reclamar: si la causal está mal aplicada, el trabajador puede recurrir a la Dirección del Trabajo o a los tribunales dentro de los plazos legales.
- Los finiquitos electrónicos con desglose de pagos son la base de este tipo de estadísticas, por lo que conviene conservar el documento y revisarlo antes de firmar.
Qué sigue
El proyecto de indemnización a todo evento todavía no ingresa al Congreso: el Ejecutivo comprometió su presentación antes de fin de año. Hasta que exista una ley nueva, el régimen aplicable es el actual: el pago de la indemnización por años de servicio depende de la causal de término del contrato y de los años trabajados en la empresa.
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