Prácticas profesionales en Chile: requisitos, derechos y cómo encontrarlas
La práctica profesional no es un empleo formal en Chile: no genera relación laboral ni obliga a pagar sueldo. Pero sí activa derechos concretos, como el seguro escolar. Aquí está lo que exige la ley, cómo postular al aporte de $65.000 de Junaeb y dónde buscar un centro de práctica.
La práctica profesional no es un empleo formal en Chile: no genera relación laboral ni obliga a pagar sueldo. Pero sí activa derechos concretos, como el seguro escolar. Aquí está lo que exige la ley, cómo postular al aporte de $65.000 de Junaeb y dónde buscar un centro de práctica.
Cada año miles de estudiantes de enseñanza media técnico-profesional, de centros de formación técnica, institutos profesionales y universidades dedican sus últimos meses de carrera a trabajar en una empresa u organismo. Muchos lo hacen sin saber qué está cubierto si algo sale mal, cuánto deberían recibir y qué documentos firmar. Esta guía ordena las reglas escritas y las fuentes oficiales donde verificarlas.
Qué es la práctica profesional en Chile y por qué no es un empleo
La práctica profesional es la etapa formativa en la que el estudiante aplica lo aprendido en un centro de práctica: una empresa, un organismo público, una clínica, un municipio o un taller. En muchos planes de estudio es un requisito para titularse, y su duración, jornada y horas las fija el reglamento de cada institución o el plan de práctica aprobado por el Ministerio de Educación.
El punto que más confunde es el legal. El artículo 8, inciso tercero, del Código del Trabajo establece que los servicios que presta un alumno o egresado para cumplir con su práctica profesional no dan origen a un contrato. La Dirección del Trabajo lo confirma: la práctica no genera relación laboral ni obligación de pagar sueldo o cotizaciones por ese periodo.
Sin embargo, eso no significa que el empleador no deba nada. Según el mismo criterio de la Dirección del Trabajo, el empleador debe proporcionar al alumno en práctica el beneficio de la colación y la movilización, o pagar una asignación compensatoria por esos conceptos. Ese aporte no constituye remuneración para ningún efecto legal, pero es exigible.
Las normas que rigen la práctica profesional
La práctica no depende de una sola ley. Se cruzan el Código del Trabajo, la normativa de seguridad laboral y las reglas educativas de titulación:
| Norma | Qué regula |
|---|---|
| Código del Trabajo, artículo 8, inciso 3 | La práctica profesional no da origen a un contrato ni a una relación laboral. |
| Ley 16.744 y D.S. 313 de 1972 | Seguro Escolar: cubre accidentes ocurridos en la práctica profesional y en el trayecto. |
| Decreto Exento 2.516 de 2007 (Mineduc) | Normas básicas del proceso de práctica y titulación de la enseñanza media técnico-profesional. |
| Decreto Exento 1.237 de 2018 | Permite reconocer experiencia laboral previa como parte del proceso de práctica y titulación. |
| Decreto Exento 1.500 de 2021 | Modifica la normativa de práctica y titulación TP, vigente desde noviembre de 2021. |
Seguro escolar: el derecho más importante durante la práctica
El Seguro Escolar es la protección base mientras se realiza la práctica. Está respaldado por el Decreto Supremo 313 de 1972, que incorporó los accidentes ocurridos en actividades educativas a la Ley 16.744, y lo administra el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) junto con la red pública de salud.
Cubre a los estudiantes regulares de establecimientos reconocidos por el Estado, incluidos centros de formación técnica, institutos profesionales y universidades. La cobertura parte con la matrícula y excluye los periodos de vacaciones.
El seguro cubre atención médica, quirúrgica y dental; hospitalización; medicamentos; prótesis y aparatos ortopédicos; rehabilitación; gastos de traslado; y prestaciones económicas como pensión de invalidez, de supervivencia o cuota mortuoria cuando corresponde. También alcanza el trayecto directo entre el domicilio y el lugar de estudios o de práctica.
Para activarlo hay que llenar la Declaración Individual de Accidente Escolar (D.I.A.E.). La obligación de denunciar recae en la jefatura del establecimiento dentro de las 24 horas siguientes; si no lo hace, pueden denunciar el médico tratante, el propio estudiante o su representante. Si el siniestro ocurre en el trayecto o en el lugar de práctica, conviene respaldarlo con un parte de Carabineros o una declaración de testigos.
La atención en la red pública es gratuita. Si por urgencia o falta de prestadores el estudiante se atiende en un centro privado, los gastos se reembolsan; si lo hace por decisión propia, pierde ese derecho.
Hay una excepción que conviene conocer: si el estudiante en práctica firma un contrato de trabajo, deja de estar cubierto por el Seguro Escolar y pasa a quedar protegido por la Ley 16.744 como cualquier trabajador, respondiendo la mutualidad de la entidad empleadora. Así lo resolvió un dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO 56.785, de 2005).
La Beca Práctica Técnico Profesional: $65.000 de Junaeb
Para los estudiantes de la educación media técnico-profesional existe un apoyo directo: la Beca Práctica Técnico Profesional (BPTP) de Junaeb entrega una bonificación de $65.000, pagada en una sola cuota, a quienes cursan o van a iniciar su práctica dentro del año.
Los requisitos oficiales son concretos: ser estudiante de 3 medio o egresado de enseñanza media técnico-profesional de un establecimiento regido por el DFL 2 de 1998 o el Decreto Ley 3.166 de 1980; estar matriculado para realizar el plan de práctica conforme al Decreto Exento 2.516 de 2007 del Mineduc; y realizar o iniciar la práctica durante el año en curso.
Para que la beca se pague, el establecimiento educacional debe contar con un informe que acredite que la práctica se realizó en el periodo establecido. Ese informe lo sube a la plataforma SINAB3 la red colaboradora, a través del docente. La beca es compatible con otras becas de Junaeb, porque se considera un beneficio complementario. Para 2026, los resultados se publican el 8 de mayo, el 7 de julio, el 7 de octubre y el 6 de noviembre.
Cómo encontrar un centro de práctica
El primer canal suele ser la propia institución: casi todos los liceos técnicos, CFT, IP y universidades tienen una bolsa de prácticas y convenios con empresas del rubro. Conviene revisarla primero, porque ahí ya existe un convenio firmado y la supervisión resuelta.
Después aparece la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), que mantiene una plataforma específica de Prácticas Técnico-Profesionales para conectar a las empresas con los liceos TP y sus egresados.
El tercer frente son los portales de empleo con sección de prácticas y las ferias laborales, que concentran cientos de vacantes en pocos días. La vía directa también funciona: contactar empresas del rubro, municipios o servicios públicos con una carta breve y un currículum de una página.
Qué documentos y condiciones piden las empresas
Las ofertas de práctica repiten una lista corta de exigencias. Tenerla resuelta de antemano acorta el proceso:
- Seguro escolar vigente, que aparece como requisito en la mayoría de las ofertas.
- Certificado de alumno regular o de egreso emitido por la institución.
- Convenio de práctica firmado por la casa de estudios y por el centro de práctica.
- Disponibilidad de jornada y duración, según el reglamento de la institución.
- Colación y movilización o asignación compensatoria, que el empleador debe cubrir.
Qué pasa al terminar la práctica
Al cerrar el periodo se entrega un informe o bitácora, el supervisor evalúa el desempeño y la empresa emite un certificado de práctica. Ese certificado sirve para acreditar experiencia en postulaciones futuras. En la enseñanza media técnico-profesional, además, la normativa permite reconocer experiencia laboral previa en el proceso de titulación.
Terminada la práctica, el paso siguiente es el primer empleo: conviene tener el currículum actualizado y conocer los cursos gratuitos de capacitación que ofrece el Estado. Quienes sigan estudiando en la educación superior deben revisar, además, las reglas de la Gratuidad universitaria.
Preguntas frecuentes sobre la práctica profesional
¿La práctica profesional se paga?
No existe una obligación legal de pagar un sueldo, porque la práctica no genera relación laboral. Sí existe la obligación de cubrir colación y movilización, o pagar una asignación compensatoria por esos conceptos. Algunos empleadores suman una asignación de práctica voluntaria, que suele aparecer en la oferta.
¿Cuánto dura una práctica profesional?
La duración y las horas las define el plan de práctica y el reglamento de cada institución. En la enseñanza media técnico-profesional, el marco lo fija el Decreto Exento 2.516 de 2007 del Mineduc y sus modificaciones. Conviene revisar el reglamento de la carrera antes de aceptar una oferta.
¿Qué pasa si me accidento durante la práctica?
Quedas cubierto por el Seguro Escolar si mantienes la matrícula y no tienes contrato de trabajo. Se atiende en la red pública, se llena la Declaración Individual de Accidente Escolar y el establecimiento debe denunciar dentro de 24 horas. Si la práctica es con contrato, responde la mutualidad del empleador bajo la Ley 16.744.
¿Dónde postulo a la beca de práctica de Junaeb?
La postulación se hace en los canales de Junaeb a través del sistema SINAB, y el detalle de requisitos y fechas está publicado en la ficha de la Beca Práctica Técnico Profesional de ChileAtiende. El informe de práctica lo sube tu establecimiento, no el estudiante.
Redacción Liven
Fuentes: ChileAtiende, ISL, Dirección del Trabajo, Mineduc, BNE e INE.
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