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Corte condena a Hospital de Calama y Servicio de Salud a pagar 380 millones por muerte de paciente en parto

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Hospital de Calama y al Servicio de Salud de Antofagasta a pagar 380 millones de pesos por la muerte de una paciente durante un parto en 2020. El fallo revocó la primera instancia y acogió la demanda por daño moral de la familia.

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Corte condena a Hospital de Calama y Servicio de Salud a pagar 380 millones por muerte de paciente en parto
Imagen generada con inteligencia artificial.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Hospital de Calama y al Servicio de Salud de Antofagasta a pagar 380 millones de pesos por la muerte de una paciente durante un parto en 2020. El fallo revocó la primera instancia y acogió la demanda por daño moral de la familia.

Qué resolvió la Corte de Apelaciones de Antofagasta

En una sentencia dada a conocer este miércoles, la Segunda Sala del tribunal de alzada revocó la resolución del Juzgado Civil de Calama y acogió la demanda presentada por el cónyuge, el hijo y dos sobrinas de la víctima. El tribunal estableció que hubo falta de servicio en la atención de la paciente y que los procedimientos aplicados no se ajustaron a los estándares clínicos exigibles.

Según el fallo, la decisión se sustentó en un informe pericial de la Unidad de Responsabilidad Médica del Servicio Médico Legal, que acreditó una vulneración a la lex artis por parte del equipo de maternidad del recinto asistencial.

El rol del Hospital de Calama y del Servicio de Salud de Antofagasta

La condena recayó en forma conjunta sobre el Hospital de Calama, establecimiento público de la red de salud de la Región de Antofagasta, y sobre el Servicio de Salud de Antofagasta, organismo responsable de la gestión de esa red. Ambos deberán pagar las indemnizaciones fijadas por el tribunal, con sus respectivos intereses legales.

El caso ocurrió el 27 de julio de 2020. De acuerdo con la investigación, se permitió que personal técnico en enfermería (TENS), sin competencias en anestesiología ni en reanimación cardiopulmonar, administrara a la paciente una dosis epidural fuera de los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud. Esa intervención derivó en una complicación anestésica fatal catalogada como espinal total.

Cómo se repartió la indemnización

El tribunal de alzada fijó pagos diferenciados según el vínculo con la víctima: 200 millones de pesos para el cónyuge, 100 millones para el hijo de la mujer y 40 millones para cada una de sus sobrinas. En total, la indemnización asciende a 380 millones de pesos.

Los montos se suman a otros casos en los que la justicia chilena ha condenado a servicios públicos de salud por muertes asociadas a fallas en la atención clínica. En esta línea, los tribunales han insistido en que la responsabilidad del Estado en materia sanitaria no se limita a la actuación de un funcionario puntual, sino que alcanza a la organización del servicio cuando fallan sus protocolos.

El valor del informe pericial en el caso

El peritaje del Servicio Médico Legal resultó clave para revertir la sentencia de primera instancia. El tribunal consideró que la evidencia demostraba que la administración del fármaco se hizo sin respetar las competencias del personal ni las normas ministeriales, lo que configuró una falta de servicio atribuible al establecimiento y al organismo de salud.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta aún puede ser impugnada ante la Corte Suprema por las partes condenadas.

Fuente: Cooperativa y BioBioChile.

Fuente: https://www.cooperativa.cl/noticias/pais/region-de-antofagasta/corte-condena-a-hospital-de-calama-y-al-servicio-de-salud-por-muerte-de/2026-09-02/171600.html

Redacción Liven

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