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Corte Suprema respalda a la Tesorería en el cobro judicial de las deudas del CAE

La Corte Suprema respaldó a la Tesorería General de la República (TGR) para seguir con el cobro judicial de las deudas del CAE: revocó tres fallos de la Corte de Apelaciones de Arica que frenaban esas cobranzas, informó el servicio este 25 de septiembre.

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Documentos y carpeta de expediente en una oficina pública, imagen generada con inteligencia artificial
Imagen generada con inteligencia artificial.

La Corte Suprema respaldó a la Tesorería General de la República (TGR) para seguir con el cobro judicial de las deudas del CAE: revocó tres fallos de la Corte de Apelaciones de Arica que frenaban esas cobranzas, informó el servicio este 25 de septiembre.

La decisión cierra un tramo de la disputa por el uso del aparato tributario para perseguir el Crédito con Aval del Estado y despeja el camino de las acciones que la Tesorería ya venía ejecutando desde abril.

Qué decidió la Corte Suprema sobre las deudas del CAE

En las causas roles 203-2026, 219-2026 y 299-2026, el máximo tribunal rechazó los recursos de protección presentados contra la TGR y dejó sin efecto lo resuelto antes por la Corte de Apelaciones de Arica, que había acogido esos recursos para detener las cobranzas.

Según explicó la propia Tesorería, las acciones de cobro se ejecutan mediante el procedimiento ejecutivo contemplado en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario. El servicio sostiene que ese es el marco legal que habilita a la institución para perseguir estas acreencias fiscales.

Qué significa para los deudores del CAE

En términos prácticos, el fallo deja vigentes las acciones de cobranza que la Tesorería mantenía en curso. La institución venía aplicando retenciones de devoluciones de impuestos, embargos de cuentas y, desde junio, embargos de bienes raíces contra deudores notificados que no regularizaron su situación.

El jefe de la División Jurídica de la TGR, Juan Pablo Marras, afirmó que las resoluciones "ratifican la interpretación legal de Tesorería en esta materia" y que, con ellas, "la discusión sobre la constitucionalidad y legalidad del actuar de TGR se zanja de manera definitiva".

Convenios de pago: la vía que sigue abierta

La alternativa para los deudores que quieren ordenarse sigue siendo el convenio de pago, que la TGR permite solicitar en línea a través de su sitio institucional. Cuando partió el proceso, en abril, el mecanismo se ofreció a personas con rentas brutas mensuales de entre $1,5 millones y $5 millones; quienes superan ese tramo quedaron fuera del convenio y expuestos a demanda y embargo.

Las cifras del cobro judicial del CAE

El proceso partió el 6 de abril de 2026 con más de 550 mil deudores morosos y una deuda que supera los $4 billones. La Tesorería ha señalado que cerca del 90% de esas personas percibe ingresos inferiores a $1,5 millones al mes, lo que explica por qué los convenios y los plazos son el punto más sensible del proceso.

En mayo, la misma institución informó que de 1.968 recursos de protección presentados contra la TGR por materias vinculadas al CAE, 1.453 fueron declarados inadmisibles por las Cortes de Apelaciones del país, una señal del giro que la jurisprudencia ya venía mostrando antes de estas tres sentencias.

Qué pasa ahora con el cobro del CAE

Con los fallos de la Corte Suprema, la Tesorería mantiene sus facultades de cobranza judicial y administrativa para recuperar estos créditos fiscales. La institución destacó el trabajo de su equipo jurídico y sostuvo que continuará ejerciendo esas atribuciones resguardando el patrimonio público.

Para los deudores, el escenario no cambia en lo esencial: la discusión sobre la legalidad del cobro quedó zanjada en última instancia, mientras las alternativas de regularización siguen pasando por los canales formales del servicio, ya sea un convenio vigente o el pago de la deuda.

Fuente: Tesorería General de la República.

Fuente: https://tgr.gob.cl/2026/09/25/tgr-asegura-continuidad-del-cobro-del-cae-tras-contundente-respaldo-de-la-corte-suprema/noticias/

Redacción Liven

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