Historia del Poder Judicial en Chile: de la Real Audiencia a los juicios orales
Chile creó su Corte Suprema en 1823, cuando casi ninguna república de la región tenía un tribunal superior propio. Su historia cruza una audiencia colonial con sede en Concepción, una guerra civil que la dejó sin sesionar y una reforma que cambió la forma de juzgar.
Chile creó su Corte Suprema en 1823, cuando casi ninguna república de la región tenía un tribunal superior propio. Su historia cruza una audiencia colonial con sede en Concepción, una guerra civil que la dejó sin sesionar y una reforma que cambió la forma de juzgar.
De la Real Audiencia de Concepción a la Suprema Corte de 1823
Los antecedentes del tribunal más alto del país se remontan a la época indiana. La Real Audiencia con asiento en Concepción fue creada el 27 de agosto de 1565 e instalada el 10 de agosto de 1567, con tres oidores y un presidente, Melchor Bravo de Saravia. Funcionó hasta 1575 como tribunal de apelaciones y, además, con jurisdicción administrativa sobre el territorio.
El primer intento republicano llegó en 1811. El Reglamento Provisorio del 4 de octubre suprimió la audiencia y creó el Supremo Tribunal Judiciario, precedente inmediato de la actual Corte Suprema. Durante años fue más una aspiración que una institución: sus facultades se repartieron entre comisiones especiales y la Cámara de Apelaciones.
El cambio real ocurrió el 29 de diciembre de 1823, cuando la Constitución redactada por Juan Egaña estableció la Suprema Corte de Justicia y la calificó como la primera magistratura judicial del Estado. Dos días después se nombró como primer presidente a José Gregorio Argomedo, con los ministros Lorenzo Villalón, Francisco A. Pérez y Gaspar Marín, y Mariano Egaña como procurador nacional. La Constitución de 1828 mantuvo el esquema, cambió el nombre a Corte Suprema y fijó su composición en cinco ministros y un fiscal.
1833 y 1875: la ley que ordenó los tribunales chilenos
La historia oficial del Poder Judicial explica que la Carta de 1833 no innovó en la organización del máximo tribunal, salvo en el nombramiento de sus ministros, que desde entonces designaba el Presidente de la República a partir de una propuesta del Consejo de Estado. El resto quedó entregado a una ley de organización que demoró cuatro décadas.
La Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales, del 15 de octubre de 1875, se convirtió en un verdadero código de la materia. Su artículo 113 le dio a la Corte Suprema la superintendencia directiva, correccional y económica sobre todos los demás tribunales de la nación y le entregó competencia en única instancia sobre los recursos de casación contra sentencias de las Cortes de Apelaciones.
Ese período vio nacer las cortes de apelaciones de provincia. Leyes de 1845, 1849, 1884 y 1888 crearon las de Concepción, La Serena, Iquique y Talca, y le quitaron a la Corte Suprema su jurisdicción criminal de segunda instancia. En 1889 una nueva ley fijó la planta en siete ministros y dividió el tribunal en dos salas, una para las causas de hacienda y otra para las criminales. No era el único poder en formación: la historia del Congreso Nacional corre en paralelo desde 1811.
La codificación acompañó ese ordenamiento. El Código Civil de Andrés Bello se promulgó el 14 de diciembre de 1855 y rigió desde el 1 de enero de 1857. El Código Penal se promulgó el 12 de noviembre de 1874 y entró en vigor el 1 de marzo de 1875. El Código de Procedimiento Civil solo empezó a regir el 1 de marzo de 1903, bajo el gobierno de Germán Riesco.
1891: el año en que la Corte Suprema dejó de sesionar
La guerra civil interrumpió el funcionamiento del Poder Judicial. Según el libro de Acuerdos de la Corte Suprema de 1831 a 1911, el tribunal permaneció sin sesionar entre el 2 de marzo y el 7 de septiembre de 1891, y el acta de reapertura consigna que los ministros se reunieron porque el decreto del 5 de septiembre de la Junta de Gobierno había restablecido el régimen constitucional en lo judicial.
Los años siguientes trajeron ajustes: división discrecional en salas (1892), inamovilidad de los fiscales judiciales (1893) y facultad de suspender jueces hasta por cuatro meses (1894).
1915: el Palacio de Tribunales y el Poder Judicial como poder independiente
Durante su primera etapa la Corte Suprema compartió edificios con el Senado y otras reparticiones. En 1845 se trasladó a la antigua Real Casa de Aduanas y solo en 1915 se instaló en el actual Palacio de los Tribunales, en Compañía 1140.
En 1918 una ley aumentó el tribunal a trece ministros, definió la competencia de cada sala y estableció que el presidente sería elegido cada tres años por el propio tribunal. La Constitución de 1925 fue la que habló por primera vez de Poder Judicial en Chile y le dio carácter de poder independiente dentro del Estado. Su capítulo VII fijó la inamovilidad de los jueces, mantuvo la superintendencia de la Corte Suprema y creó el recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad para declarar inaplicable un precepto legal contrario a la Constitución en un caso concreto.
1943: el Código Orgánico de Tribunales que sigue vigente
El texto que hoy rige la organización de los tribunales nació como una refundición. La Ley 7.421, del 15 de junio de 1943, publicada en el Diario Oficial el 9 de julio de ese año, tuvo por texto definitivo del Código Orgánico de Tribunales el proyecto de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile, sobre la base de la ley de 1875 y sus modificaciones.
1976, 1980 y 1997: una Corte de 21 ministros
Desde 1976 la Corte Suprema conoce en segunda instancia del recurso de protección. La Constitución de 1980 le sumó la declaración de error judicial, el reclamo por pérdida de nacionalidad y un fortalecimiento de la inaplicabilidad.
El cambio de tamaño más importante llegó en 1997. La Ley 19.541 estableció que los ministros y fiscales judiciales son nombrados por el Presidente de la República con acuerdo del Senado, a partir de una nómina de cinco personas que propone el pleno del tribunal. La misma ley subió la planta de diecisiete a veintiún ministros, exigió que cinco de ellos sean abogados ajenos a la administración de justicia y fijó en 75 años el límite para ejercer el cargo.
2000 a 2005: la reforma que llevó los juicios a la sala
El cambio más profundo del último siglo no fue de organigrama sino de método. El Código Procesal Penal, aprobado por la Ley 19.696, reemplazó el sistema inquisitivo escrito por un proceso acusatorio y oral, con fiscales que investigan y jueces que resuelven en audiencias públicas. La Biblioteca del Congreso Nacional resume la puesta en marcha: en diciembre de 2000 el sistema comenzó a aplicarse en Coquimbo y La Araucanía, las demás regiones ingresaron gradualmente y en 2005 empezó a regir en la Región Metropolitana, con lo que completó su vigencia en todo el país.
El Poder Judicial que existe hoy
Según la propia institución, de la Corte Suprema dependen 17 cortes de apelaciones ubicadas en las distintas regiones y, de estas, 465 tribunales de primera instancia. La base del arreglo está en el artículo 76 de la Constitución, que reserva a los tribunales la facultad de conocer las causas civiles y criminales, resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado.
| Año | Composición de la Corte Suprema | Norma que la fijó |
|---|---|---|
| 1823 | Un presidente, cuatro ministros y un procurador nacional | Constitución de 1823 |
| 1828 | Cinco ministros y un fiscal | Constitución de 1828 |
| 1889 | Siete ministros, en dos salas | Ley de 1889 |
| 1918 | Trece ministros | Ley de 1918 |
| 1997 | Veintiún ministros, cinco abogados ajenos a la judicatura | Ley 19.541 |
La discusión sobre cómo se administra esa estructura no es nueva. En octubre de 2026 la Corte Suprema aprobó su primera política de inteligencia artificial, un paso comparable al autoacordado de 1918 sobre la forma de redactar las sentencias: adecuar el funcionamiento del tribunal a las herramientas de su época.
Preguntas frecuentes sobre la historia del Poder Judicial
¿Cuándo se creó la Corte Suprema de Chile?
El 29 de diciembre de 1823, cuando la Constitución de Juan Egaña estableció la Suprema Corte de Justicia como primera magistratura judicial del Estado. Los primeros nombramientos se hicieron el 31 de diciembre de ese año.
¿Cuál es la diferencia entre la Corte Suprema y el Poder Judicial?
El Poder Judicial es el conjunto de tribunales del país. La Corte Suprema es su tribunal superior y ejerce la superintendencia directiva, correccional y económica sobre los demás desde 1875.
¿Cuándo se dictó el Código Orgánico de Tribunales?
El 15 de junio de 1943, como Ley 7.421, publicada en el Diario Oficial el 9 de julio de ese año. Refundió la ley de 1875 y sus modificaciones.
¿Cuándo comenzaron los juicios orales en Chile?
En diciembre de 2000, en Coquimbo y La Araucanía, con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal. El sistema se extendió por etapas y llegó a la Región Metropolitana en 2005.
¿Cuántos ministros tiene la Corte Suprema?
Veintiuno desde la reforma de la Ley 19.541 de 1997, que también exigió que cinco de ellos sean abogados ajenos a la administración de justicia.
Redacción Liven
Fuente: https://www.pjud.cl/post/historia-del-poder-judicial
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